JurídicoESEN
Order (Auto)December 10, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Vargas Mesa Tulia Alcira

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Hipotecario En El Que Hace Parte Una Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Aguazul y el Juzgado 004 Administrativo Oral de Yopal, ocasionado por una demanda ejecutiva hipotecaria de menor cuantía promovida por el Fondo de Fomento Agropecuario y Microempresarial de Aguazul, FFAMA, contra una ciudadana, con la cual solicita librar mandamiento de pago de unos valores generados por un crédito hipotecario a favor de la demandada, que no ha sido pagado en su totalidad.

Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que el demandante es una entidad pública (empresa industrial y comercial del Estado).

Sin embargo, el artículo 104 del CPACA no prevé los conflictos derivados de garantías reales, como hipotecas.

En esa medida, se activa la cláusula residual prevista en el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012, según la cual, todo asunto, que no esté atribuido por la ley a otra jurisdicción, le corresponde a la jurisdicción ordinaria.

En ese sentido, la Sala resuelve en reiteración de la primera regla prevista en el Auto 1089/22, según la cual, de conformidad con el artículo 15 del Código General del Proceso, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es la competente para conocer de los procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública.

Lo anterior, basado en que el origen de la obligación hipotecaria es un derecho real, por lo que no se activa ninguno de los tres supuestos contenidos en la cláusula de competencia establecida en el artículo 104.6 del CPACA.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Aguazul y el Juzgado 004 Administrativo Oral de Yopal, y DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Aguazul es la autoridad competente para conocer sobre la demanda formulada por el Fondo de Fomento Agropecuario y Microempresarial de Aguazul contra Tulia Alcira Vargas Mesa.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7245 al Juzgado Promiscuo Municipal de Aguazul, para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión a los interesados, así como al Juzgado 004 Administrativo Oral de Yopal.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.